Cargas y gravámenes inmobiliarios inscribibles

Para los efectos del presente artículo señalaremos, al igual que la doctrina jurídica, que los conceptos de cargas y de gravámenes son sinónimos, así como para sus efectos registrales. Trataremos de ser lo más general en cuanto a cuáles de ellos son inscribibles en el Registro de Predios:

1.- El Bloqueo Registral.- Es la solicitud realizada por Notario para asegurar los actos o contratos que posteriormente se van a presentar en el Registro, señalados en la solicitud.

2.- El Arrendamiento.- Inscrito este contrato, se encontraría protegido por el principio de fe pública registral, y este se respetaría, ante terceros o un futuro adquiriente del bien arrendado.

3.- La Hipoteca.- Es el gravamen inmobiliario por excelencia, recién tiene efectos jurídicos contra terceros a partir de su inscripción registral, es para garantizar una deuda propia o ajena.

4.-El Derecho de Superficie.- Es un derecho real autónomo, el que se origina en la posibilidad de gozar temporalmente el suelo que es propiedad de otro.

5.- El Usufructo.- Es el Derecho real de usar y disfrutar un bien ajeno de manera temporal.

6.- Restricciones a la propiedad. Son aquellas que imponen determinadas obligaciones a los titulares de un bien, son cargas de naturaleza personal.

7.- Patrimonio Familiar.- Se busca proteger a la familia, mediante el aseguramiento de la casa habitación.

8.- Anticresis.- Es la entrega de un inmueble en garantía de una deuda concediéndole al acreedor el derecho de explotarlo y percibir sus frutos.

9.- Anotación de Medidas Cautelares.- Se anota en merito a resolución judicial o administrativa que concede la medida en la cual debe constar la individualización del predio y el monto de la afectación.

10.- Anotación de Demanda.- Es para asegurar el cumplimiento de los fallos judiciales o la eficacia de cualquier derecho real que no puede ser inscrito definitivamente y el de fe pública registral para terceros.

11.- Anotación de Sentencia.- Implica la conclusión de un proceso y el fallo final del juzgador, con relevancia real.

12.- Cargas Técnicas.- Se efectúan cuando existen transgresiones a la normatividad urbanística o de edificaciones.

Estas son las cargas o gravámenes inscribibles en el Registro de Predios, mucho dependerá de la voluntad de las personas, de su capacidad de pago o de la voluntad de terceros o de su cumplimiento a la normatividad vigente. Algunas son necesarias y no afectan al titular, otras podría ocasionar la perdida de dicha titularidad registral, por ello se debe tener mucho cuidado y asesorarse adecuadamente.

La foto que acompaña este artículo fue tomada de espaldas al mar, apreciandose en primer plano parte del distrito de San Miguel (Lima) y más al fondo el distrito de Magdalena.

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6 Comentarios en "Cargas y gravámenes inmobiliarios inscribibles"

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Mario Guerrero Muñoz
Invitado

Muy interesante e informativo el articulo, los felicito Mantyobras sigan con esta labor, es muy positiva.
Saludos.

Manyol
Invitado

Mi vecino ha sido condenado a deshacer una serie de obras realizadas en su vivienda que afectan a la estructura de la mia, para no ejecutar la sentencia se ha ido a vivir a otro sitio y sabemos que quiere vender esta casa, ¿se puede hacer algún tipo de anotación en el registro de la propiedad que refleje que hay que cumplir esa sentencia? de ser la respuesta afirmativa ¿cuanto cuesta?. Gracias

daniel fujimoto alvarez
Invitado

Necesito levantar unas cargas técnicas, producto de la independización de un inmueble
tres pisos construido en 1993-94. 163 mt2 de área terreno. La independización se realizó el 2010, se independizaron los tres pisos mas azotea, para poder vender un departamento por piso. Los parámetros que ahora exige el distrito de magdalena, no concuerdan con la edificación actual. ¿Se puede arreglar?. Gracias por la consulta.

JAIME SUAZO INGA
Invitado

MIS FELICITACIONES, MUY DIDÁCTICO, ILUSTRATIVO. DIOS LO BENDIGA

johnny
Invitado

sii me parece excelente la informacion que dan en esta pagina o blog

y aun mas interesante que le den espacio alos usuarios

lo que me preucupa es que la respuesta es demasiada lenta ..y no me parece .la justicia oportuna es justicia ..GRACIAS

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