Una persona vive en un moderno condominio de más de 200 departamentos. Una de las reglas del manual de convivencia es que todos los residentes deben usar cortinas tipo roller color blanco en sus ventanas. ¿Es posible que puedan establecerse este tipo de exigencias sobre lo que viene a ser un “bien exclusivo”?
Las propiedades que forman parte de un condominio y que tienen zonas de uso común y de dominio exclusivo, cuentan con un reglamento interno por ley (ley 27157) y que se estipula al momento de la independización de las unidades inmobiliarias. Este reglamento es obligatorio para los propietarios de dichas unidades. Además de este reglamento, se pueden establecer normas de convivencia para que no exista conflicto entre los propietarios para no llegar a una junta de propietarios. No es que se obligue a alguien a realizar actos que atenten contra su dominio exclusivo, sino que sobre ciertos actos que pudieran afectar la convivencia los propietarios, se ponen de acuerdo para que todos tengan una conducta adecuada ante ciertos hechos. En estos casos predomina la subjetividad. Estas normas de convivencia son para evitar conflictos, en caso contrario, se puede solicitar que se convoque a una junta de propietarios para su modificación.
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