Hoy día, mientras redactaba un documento en una cabina de internet, una señora de edad avanzada se sentó a mi lado a fin de escribir una carta, pero no sabía cómo utilizar la computadora, lo que me hizo reflexionar: que sería del boom inmobiliario si Registros Públicos hubiera seguido inscribiendo sus títulos en tomos y a mano, que pasaría si los certificados salieran después de semanas y las inscripciones de titulo después de varios meses. Se estaría atentando contra la seguridad jurídica, contra la inversión en el negocio inmobiliario y, en un país donde las estafas abundan, no se podría tener la seguridad para realizar transferencias de inmuebles en la magnitud que se realiza ahora.
Registros Públicos, la actual SUNARP, a través de la reorganización que se realizo en la década de los 90, ha logrado que las personas realicen sus operaciones comerciales de todo tipo de manera segura y rápida, ha permitido que el usuario además de utilizar sus servicios directamente, también pueda hacerlo a través de internet (es recomendable que todo propietario de inmuebles se inscriba en Alerta Registral).
Sin embargo, pese a las oficinas abiertas en todo Lima, que debió reducir la afluencia de público en sus sedes y oficinas, esto lamentablemente no ha sucedido. El usuario ocasional entorpece la rapidez de cualquier trámite que se realiza en los Registros Públicos, ya que se acerca a las sedes y oficinas registrales, preguntando por la realización de un trámite desde su origen, cuando muchas de esas informaciones se les debe dar antes un profesional, llámese abogado, arquitecto, ingeniero, contador, agente inmobiliario, etc., para lo cual podría abrirse en cada sede una ventanilla para llenado de formularios y otra de consultas jurídicas, como existe en la sede central, pues debemos priorizar que Registros Públicos sea un factor determinante para que este auge inmobiliario siga teniendo una solidez jurídica, siendo una institución que se proyecte al futuro y que siga mejorando la calidad de sus servicios. Lo que nos sorprende es que haya servicios que aún no se han actualizado y sistematizado, como el de lectura de titulo archivado, que ya deberían estar digitalizados y, en cuanto corresponde, tratar de preservar los planos o documentos que se están deteriorando.
Soy un usuario de los Registros Públicos desde hace varios años atrás, y he visto todos los cambios que se han realizado, por lo que estoy convencido que no se hubiera podido lograr este boom inmobiliario si esta institución no se hubiera reorganizado en su debida oportunidad.
Dr. Guevara, Dpto. Legal MantyObras
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4 Comentarios en "El Boom Inmobiliario y los Registros Públicos"
Pregunto: se puede comprar y vender una propiedad ubicada en playa privada, donde se ha desarrollado construcciones de 1er nivel NO INSCRITAS EN RRPP. si en municipio.
de ser posible esto y creo que si OFRESCO;
DEPARTAMENTO y CASA
entre al siguiente link
http://departamentodeplayakm122.wordpress.com
http://casadeplayakm122.wordpress.com
Cel 999158293
Existe el muy arraigado principio que para comprar toda propiedad debe estrar inscrita, pero las casas de playa tienen caracterisiticas especiales y de acuerdo a su adquisicion, sino se contara con la inscripcion habria que revisar con que titulo cuenta el posible vendedor, si es primer comprador, si cuenta con instrumento publico, la matriz inmobiliaria que condicion tiene, si es concesion o no, si dicha matriz esta inscrita en registros publicos y por que razon no se puede inscribir asi como si el primer propietario es ubicable. Lo que si cuenta a favor es que en la municipalidad esta inscrita.
Atte,
Area Legal MantyObras
consulta un cordial saludo ante todo tengo un problema para inscribir mi predio a regidstros publicos y cofopri por haber sido declarado patrimonio cultural por la inc pero solo 792 m2 cuadrados el resto necesito inscribirlo que debo hacer o presentat a estas instituciiones
En relación a su consulta, le señalamos lo siguiente:
Por lo que usted señala se puede deducir que lo que se pretende inscribir es la primera de dominio, con intervención de cofopri. Si existe una zona intangible, por haber sido considerado patrimonio cultural, este no puede ser considerado como parte de su propiedad. Lo que debería proceder es una desmembración.
Saludos cordiales,
Mantyobras SAC