Información que nos proporciona Urbania (16/10/2016). La declaración de fabrica es la edificación en el registro de predios. Donde se inscriben las características y condiciones técnicas. Asimismo debe declararse las ampliaciones o modificaciones, que se realizan en la propiedad. Si la obra se realizo con la aprobación de la municipalidad, luego de ello se debe solicitar la conformidad de obra y la declaratoria de fabrica.
Con los nuevos planos si fuera el caso. Si la obra se construyo sin licencia hasta el 20 de julio de 1999 se debe tramitar la declaratoria de fabrica directamente, ante la Superintendencia Nacional de Registros Publicos ( Sunarp) y acogerse a la ley 27157. Para ello se anota como requisitos; el plano de distribución por plantas, informe técnico de verificación, formulario registral número uno, de la ley 275157. Todo debe ser firmado por un verificador de la Sunarp ( ingeniero civil o arquitecto), y un formulario de solicitud de inscripción de titulo debidamente llenado.
Las construcciones después de la mencionada fecha deben realizarse en el municipio la regularización de licencia de edificación según Ley 29090, una vez aprobada se solicita la conformidad de obra. Luego se presentan en la Sunarp los planos de ubicación y de distribución por plantas autorizadas por un ingeniero civil o arquitecto ( no necesariamente verificador de la Sunarp) y sellados por la municipalidad. la conformidad de obra y el formulario de solicitud de inscripción de titulo debidamente sellados.
Publica una respuesta
Se el primero en comentar!