No al alquiler de vivienda según el Reglamento de Arrendamiento: Capitalización Inmobiliaria (SSBS 09/07/2016)

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El Reglamento de arrendamiento de Capitalización inmobiliaria publicado el 09 de Julio a cumplirse a partir del  01 de setiembre del 2016. Para lo cual transcribimos los  Términos y Condiciones.  Precisamos que en el  literal «a)  El cliente debe usar el inmueble exclusivamente para fines de vivienda» nos presenta la restricción para aquellas personas que tienen la intención de utilizar el bien inmueble para la generación de renta. En el caso de utilización de bienes inmuebles Mivivienda, o el caso del 25% de cuota inicial de los fondos AFP.

Términos y condiciones

La referida normativa también estipula los siguientes términos y condiciones:

a) El cliente debe usar el inmueble exclusivamente para fines de vivienda.

b) La obligación del cliente de pagar puntualmente la cuota periódica y demás conceptos pactados en el plazo y lugar convenidos.

c) Especificación de los seguros que deben ser contratados por el cliente y la facultad de la empresa para contratarlos por cuenta o cargo del cliente, si este no lo hiciere en el plazo establecido para tal efecto.

d) Responsabilidad del cliente sobre los daños que pudiera causar al bien inmueble desde el momento que lo recibe de la empresa.

La empresa no asume responsabilidad alguna por la idoneidad del inmueble y características al haber sido elegido por el cliente, con excepción de aquellos casos en los que la empresa sea responsable de la edificación del inmueble.

e) Las circunstancias en que el cliente podrá ejercer la opción de compra, la forma o formas en que podrá realizar su abono, así como el precio de la opción de compra.

f) En caso el cliente no ejerza la opción de compra, la forma dispuesta para la devolución, por parte de la empresa, del importe correspondiente a la previsión del pago de los tributos junto con la capitalización individual, sin perjuicio que el cliente deba devolver el Bono de Buen de Pagador o el Bono Familiar Habitacional que hubiera recibido.

g) En caso el financiamiento se realice con recursos del Fondo Mivivienda, se debe considerar las condiciones en las que el cliente puede ser beneficiario del Bono del Buen Pagador o el Bono de Financiamiento Habitacional administrados por el Fondo Mivivienda.

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