CASO REAL: Consulta sobre herencia de bienes inmuebles
Este caso está basado en un comentario realizado en nuestro blog de Asesoría inmobiliaria, donde nos realizaron la siguiente pregunta:
He comprado un terreno rustico de una asociación y esta me ha firmado una escritura de venta de acciones y derechos, pues el terreno no está independizado ni tiene habilitación urbana. Sin embargo, solicite la independización municipal y me la otorgaron. Cuando fui a inscribirla a Registros Públicos me dijeron que la inscribían pero continuaba en copropiedad. Nadie me dijo eso, caso contrario no hubiese iniciado este proceso, incluso en Registros Públicos me orientaron como inscribirla a mi nombre e independizarla. Aun no ha sido rechazada, pero el registrador me dijo que podía apelar. Mi pregunta es: ¿La apelación como la sustento y díganme si esto hará que el bien quede inscrita a mi nombre tal como señalan las resoluciones emitidas por la Municipalidad?.
RESPUESTA:
A continuación nuestra apreciación sobre el caso que se nos ha planteado:
Si usted compra un inmueble no independizado o lotizado, para seguridad de usted se tiene que comprar como acciones y derechos, para que figure su titularidad en los registros públicos. Cuando compra una propiedad, usted debe ser bien orientado. Si usted sabía que el lote que compró no estaba independizado, le quedaban dos situaciones:
1. Esperar que se independice y recién elevarlo a registros públicos, o
2. Inscribirlo en registros públicos como acciones y derechos.
Ya usted realizó su inscripción en la municipalidad correspondiente y allí si esta independizado. Pero una cosa es el trámite legal (llámese notarial) y registral y otra el trámite administrativo (llámese municipal), este último no da merito a inscripción alguna. Si su lote no está independizado o todos los copropietarios no lo han hecho, así usted apele no va a inscribir su propiedad como lote independiente.



