¿Qué sucede con una casa cuando una pareja con hijos se separa?

Código CivilUn inmueble fue adquirido por dos personas en co-propiedad. Se trataba de una pareja que al momento de la adquisición de la casa tenían una unión de hecho (convivencia).

Años más tarde tienen hijos y lamentablemente, luego de cierto tiempo, esta pareja se separa en no muy buenos términos.

La madre de esta disuelta familia demanda al padre por una pensión de alimentos.

El padre no abona nada o al menos no hay registro de que abone nada al sustento de sus hijos. Debido a esta falta de pago, la madre ha logrado inscribir una medida cautelar en Registros Públicos sobre las acciones y derechos del padre y copropietario junto a ella del inmueble en mención, que adquirieron al comienzo de su relación.

Han pasado unos años más, y la deuda por alimentos ya resulta una cantidad considerable.

¿La madre puede demandar división y partición de la propiedad para cobrar los devengados por alimentos sobre el 50% de acciones del inmueble que posee el padre? ¿Qué otras soluciones alternativas existen para el cobro de la pensión por alimentos?

CASO BASADO EN UNA CONSULTA A NUESTRA AREA LEGAL

RESPUESTA:
En primer lugar, como ya hay juicio de alimentos, la madre de esta historia podría solicitar, previa liquidación de la deuda y en vía de ejecución de la misma, el remate de las acciones y derechos del inmueble del padre/deudor, y adjudicarse dichas acciones y derechos.

En segundo lugar, en cuanto a la demanda de división y partición del bien, esta solo sería declaratoria, ya que ambos ya son propietarios cada uno del 50% de las acciones y derechos, salvo que el inmueble se pueda independizar en dos unidades inmobiliarias, y con el proceso de división y partición del bien se buscaría el remate del mismo, siempre que el padre ante la demanda no se ponga a derecho.