CASO REAL: Consulta sobre compra de departamento en estreno aún no independizado

Edificio-Vista01mEste caso está basado en un comentario realizado en nuestro blog de Asesoría inmobiliaria, donde nos realizaron la siguiente consulta:

Quiero comprar un departamento en Breña, que pertenece a un edificio de siete pisos, es de estreno y es el último por vender. Mi preocupación es la siguiente: Con respecto al precio que se ofrece, en relación a otros departamentos de similares características, es más barato (considerablemente), lo que me hace dudar un poco en la compra. Sin embargo, según el vendedor, se puede financiar con un banco conocido.

1. ¿ Eso me da alguna garantía al momento de la compra del departamento?.

2. Según me dice el vendedor, la independización del departamento (inscripción en los registros públicos) se hará en dos o tres meses, no le entendí el por qué, ¿eso es una mala señal?

3. ¿Cómo puedo estar seguro de que el edificio completo está libre de hipotecas y que después de un tiempo no nos puedan embargar los departamentos a todos los propietarios, si es que no se registran en los Registros Públicos tal como señala el vendedor?

 Por favor me gustaría que me aclare estas dudas pues quiero comprar un departamento y que mi inversión no se vea afectada. Muchas gracias.

RESPUESTA:

A continuación nuestra apreciación sobre el caso que se nos ha planteado:

En sentido general para comprar un departamento en estreno, hay que tener las siguientes consideraciones:

a.- Los antecedentes de la inmobiliaria en Indecopi, ver si tiene alguna denuncia y si es así, de que tipo.

b.- Si todavía no está inscrita la independización del departamento en Registros Públicos:

Solicitar la copia literal de la partida registral del inmueble matriz, y de la partida registral de la sociedad.

c.- Si el proyecto está financiado por un banco, es casi seguro que el inmueble está hipotecado a favor de ellos; si no está financiado esto no se logrará para la adquisición del inmueble

d.- Si el financiamiento es bancario, es de mayor seguridad para el comprador.

e.- Es bueno revisar los acabados del inmueble, por lo del precio bajo.

f.- Consultar con los vecinos que están viviendo en el inmueble, el estado, las condiciones del mismo y del estado registral de sus inmuebles, ya que al adquirir un inmueble financiado, se levanta la hipoteca de la matriz y se inscribe una nueva hipoteca a favor del banco que financia la compra venta

g.- En cuanto al trámite en Registros Públicos, este demora en el peor de los caso 60 días hábiles, pero también depende de cuándo y cómo lo presente la inmobiliaria.

Procedimientos cuando se construye una propiedad o se hace ampliaciones

declaratoria-de-fabrica ( el mirador inmobiliario)
declaratoria de fabrica ( el mirador inmobiliario)

Información que nos proporciona Urbania (16/10/2016). La declaración de fabrica es la edificación en el registro de predios. Donde se inscriben las características y condiciones técnicas. Asimismo debe declararse las ampliaciones o modificaciones, que se realizan en la propiedad. Si la obra se realizo con la aprobación de la municipalidad, luego de ello se debe solicitar la conformidad de obra y la declaratoria de fabrica.

Con los nuevos planos si fuera el caso. Si la obra se construyo sin licencia hasta el 20 de julio de 1999 se debe tramitar la declaratoria de fabrica  directamente, ante la Superintendencia Nacional de Registros Publicos ( Sunarp) y acogerse a la ley 27157. Para ello se anota como requisitos; el plano de distribución por plantas, informe técnico de verificación, formulario registral número uno,  de la ley 275157. Todo debe ser firmado por un verificador de la Sunarp ( ingeniero civil o arquitecto), y un formulario de solicitud de inscripción de titulo debidamente llenado.

Las construcciones después de la mencionada fecha deben realizarse en el municipio la regularización  de licencia de edificación según Ley 29090, una vez aprobada se solicita la conformidad de obra. Luego se presentan en la Sunarp los planos de ubicación y de distribución por plantas autorizadas por un ingeniero civil o arquitecto ( no necesariamente verificador de la Sunarp) y sellados por la municipalidad. la conformidad de obra y el formulario de solicitud de inscripción de titulo debidamente sellados.

Consulta sobre compraventa de inmueble con hipoteca y sin independizar. CASO REAL

1380601_813382832033641_6136101154812226177_nQuisiera saber si se puede firmar una minuta de compra venta por un departamento que dice en una clausula que el edificio tiene hipoteca y que se levantará la hipoteca en un plazo de 5 meses, cuando la vendedora realice la independización.

Este caso está basado en un comentario realizado en nuestro blog de Asesoría inmobiliaria, donde nos realizaron la consulta arriba mostrada.

RESPUESTA:

A continuación nuestra apreciación sobre el caso que se nos ha planteado:

De la consulta realizada, debemos indicarle que no hay ningún problema en firmar la minuta de compraventa cuando existe una hipoteca inscrita en el inmueble, siempre que el comprador tenga pleno conocimiento y aceptación de ello.

Además, usted debe asegurarse que en la minuta de compraventa se consigne una clausula en la que se señale la existencia de la hipoteca; además, se debe indicar en esta clausula que cuando se realice la independización, se levantará la hipoteca luego de un plazo señalado establecido. Asimismo, se debe consignar quién es el acreedor (la entidad financiera) y el monto de la hipoteca.

Las partes pueden dejar en custodia, en la Notaría donde se celebra la firma de la minuta, uno de los cheques que cancela el saldo del precio de venta, hasta que se inscriba el levantamiento de hipoteca.

Esto último sólo como cuestión de seguridad jurídica para el comprador, ya dependerá del acuerdo entre ambas partes.

Saludos cordiales,

MantyObras, Agencia Inmobiliaria en Lima, Perú

www.mantyobras.com