Quisiera saber si se puede firmar una minuta de compra venta por un departamento que dice en una clausula que el edificio tiene hipoteca y que se levantará la hipoteca en un plazo de 5 meses, cuando la vendedora realice la independización.
Este caso está basado en un comentario realizado en nuestro blog de Asesoría inmobiliaria, donde nos realizaron la consulta arriba mostrada.
RESPUESTA:
A continuación nuestra apreciación sobre el caso que se nos ha planteado:
De la consulta realizada, debemos indicarle que no hay ningún problema en firmar la minuta de compraventa cuando existe una hipoteca inscrita en el inmueble, siempre que el comprador tenga pleno conocimiento y aceptación de ello.
Además, usted debe asegurarse que en la minuta de compraventa se consigne una clausula en la que se señale la existencia de la hipoteca; además, se debe indicar en esta clausula que cuando se realice la independización, se levantará la hipoteca luego de un plazo señalado establecido. Asimismo, se debe consignar quién es el acreedor (la entidad financiera) y el monto de la hipoteca.
Las partes pueden dejar en custodia, en la Notaría donde se celebra la firma de la minuta, uno de los cheques que cancela el saldo del precio de venta, hasta que se inscriba el levantamiento de hipoteca.
Esto último sólo como cuestión de seguridad jurídica para el comprador, ya dependerá del acuerdo entre ambas partes.
Saludos cordiales,
MantyObras, Agencia Inmobiliaria en Lima, Perú
www.mantyobras.com







