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Somos cuatro copropietarios de un predio único de dos pisos y medio. Siempre hay pleito en cuanto a la división, nunca se llegó a un acuerdo entre nosotros. Nadie quiere comprar las acciones y derechos de los otros, ni tampoco acceden a vender su parte. Tampoco quieren poner la casa en venta en el mercado para repartirse el dinero obtenido.
Un hermano vive en la casa desde que mis padres fallecieron y ha alquilado, sin permiso del resto, dos pisos de la casa. Ha cortado la línea telefónica para no escuchar razones y dice que como trabaja en el poder judicial tiene todas las de ganar. Esta casa está inscrita en los Registros Públicos a nombre de los cuatro. ¿Puedo hacer juicio de división y partición, aun cuando un hermano vive en el extranjero?, ¿Cómo se haría para notificarle legalmente de la conciliación (él sabe que dos de nosotros queremos vender o iniciar un juicio de división y partición)?, ¿puedo hacer juicio sin conciliación? ¿Cómo hago para superar los obstáculos que se presentan para iniciar el juicio? Le agradezco de antemano su consejo legal.
Este caso está basado en un comentario realizado en nuestro blog de Asesoría inmobiliaria, donde nos realizaron la consulta arriba mostrada.
RESPUESTA:
A continuación nuestra apreciación sobre el caso que se nos ha planteado:
Cuando no hay acuerdo entre los copropietarios y además uno de ellos está en posesión del inmueble, lo único que les queda es la vía judicial para la división y partición, esto conlleva entender que en primer lugar, el demandante tenga presente que existen tanto un gasto económico como un desgaste emocional y en segundo lugar, que es un proceso que puede demorar.
Para iniciar el proceso, primero una carta notarial, luego cumplir con el trámite previo de conciliación y luego presentar la demanda, en este estado se debe demandar a los demás copropietarios, en el caso de residir uno de ellos en el extranjero se puede notificar vía consular, vía edictos o que este mande un poder por escritura pública ante cónsul. No existe ningún obstáculo para iniciar este proceso, solo la voluntad de llevarlo adelante, y no hacer caso a las amenazas. Este es un proceso documentario y el derecho está plasmado en la partida registral del inmueble.